En el año 2004 el autor publicó el libro "Nuevos casos prácticos de contabilidad de sociedades anónimas" dedicado a la solución de distintos supuesto de acuerdo con la normativa vigente en ese momento y en 2006 de acuerdo con las Normas internacionales de información financiera
La aprobación del Plan General de Contabilidad por el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, constituye indudablemente un cambio fundamental en relación con la antigua normativa, derivada del texto de 1990.
En este trabajo se analiza, desde el punto de vista de ambas normativas, la solución de los supuestos contenidos en la obra anteriormente señalada.
En consecuencia, cabe señalar que no se trata de un análisis sistemático de la nueva normativa contable, si bien en la solución de los distintos ejercicios se señala el tratamiento teórico de las distintas cuestiones planteadas así como las diferencias en relación con la antigua normativa contable.
En este sentido, cabe señalar que se han respetado las fechas de los distintos supuestos contenidos en la obra anteriormente señalada, lo que, evidentemente no se ha tenido en cuenta para la aplicación de la nueva normativa contable.
Por otra parte, para la solución de dichos ejercicios de acuerdo con la nueva normativa contable se ha incluido en algunos ejercicios determinada información con el fin de hacer viable la aplicación de dicha regulación.
Por otra parte, en este trabajo se evita la concepción tradicional de supuestos contables basados en el registro de la totalidad de las operaciones de un determinado ejercicio económico que finalizan con la regularización y presentación de las cuentas anuales para tratar, generalmente, de plantear la contabilización de operaciones concretas, muchas veces desde el punto de vista de las distintas empresas intervinientes en las mismas y, en algunos casos a lo largo de distintos años.
Esta estructura, que se recoge fundamentalmente en los primeros supuestos del trabajo permite la comparación de las cuestiones planteadas de acuerdo con ambas normativas, tanto desde el punto de vista teórico como práctico.
En este sentido, los supuestos nº 1, correspondiente a las Sociedades "LEZNA, S.A." y "AMADO, S.A.", nº 2, correspondiente a las Sociedades "LUCHITA, S.A.", "AMADO, S.A." y "ROSALÍA, S.A., y nº 5, correspondiente a las Sociedades "PELLACO, S.A." y "GUARETA, S.A.", se dedican al análisis de diversas operaciones con recursos propios y empréstitos convertibles desde el punto de vista de la empresa emisora de tales instrumentos y del inversor que adquiere los mismos.
Desde la perspectiva del inversor, en dichos ejercicios se analiza las distintas categorías de activos financieros, en lo que se refiere a dichos instrumentos, señalada en la Norma de registro y valoración 9ª del Plan General de Contabilidad, con sustanciales diferencias respecto al tradicional tratamiento en la anterior normativa, así como las inversiones en entidades asociadas.
Igualmente se analizan en dichos supuestos, desde el punto de vista de las sociedades emisoras, las diferencias de consideración en ambas normativas del tratamiento de los pasivos financieros, fundamentalmente de la emisión de empréstitos convertibles así como la modificación de la relación de canje de los mismos y la conversión de obligaciones en acciones, de la autocartera, etc., aspectos en los que igualmente existen notables diferencias entre ambas normativas.
Igualmente, se analizan las diversas modalidades de ampliaciones y reducciones del capital social, la distribución de resultados, la problemática contable de las acciones sin voto, etc., en cuyo tratamiento predominan fundamentalmente aspectos jurídicos, que se completa con el supuesto nº 6, correspondiente a las Sociedades "BOBEA, S.A." y "LEOPOLDO, S.A.".
El planteamiento teórico que se analiza en los citados ejercicios es el que se aplica en los restantes supuestos en relación con las cuestiones señaladas.
Dentro de esta primera parte del libro se analizan desde el punto de vista teórico y práctico, de acuerdo con ambas normativas, distintas cuestiones, por ejemplo:
- Las diferencias de tratamiento en ambas normativas en relación con diversas cuestiones relacionadas con el inmovilizado material se analizan en los supuestos nº 3, correspondiente a la Sociedad "CARLOTA, S.A.", nº 4, correspondiente a las Sociedades "ELDEO, S.A.", "LUCHO, S.A.", y "PACHANGA PACÁ, S.A.", nº 7, correspondiente a la Sociedad ARCADIO, S.A.", y nº 8, correspondiente a las Sociedades "PELAO, S.A.", y "CUCUTA, S.A.".
- El tratamiento contable de las existencias comerciales en ambas normativas se analiza en los supuestos nº 3, en lo que se refiere al proceso productivo, nº 4, en relación con existencias de mercaderías, y nº 7 y 8, en el que se abordan determinadas cuestiones relativas a créditos comerciales.
Dichas cuestiones se completan fundamentalmente con el análisis del proceso productivo recogido en el supuesto nº 16, correspondiente a la Sociedad "LAQUETEPA, S.A.", de la problemática contable de las empresas inmobiliarias y constructoras, que se analiza en el supuesto nº 17, correspondiente a la Sociedad "CANALERA, S.A.", y del tratamiento de las pérdidas por deterioro de valor, incluido en los supuestos nº 8 y nº 19 correspondiente a la Sociedad "MALAMBO, S.A.".
- El tratamiento de las diferencias de cambio en moneda extranjera, en el que existen igualmente notables diferencias en ambas normativas, se analiza fundamentalmente en los supuestos nº 3 y 4. El tratamiento de dichas cuestiones se aborda igualmente en lo que se refiere a la adquisición de inmovilizado en moneda extranjera en los supuestos nº 10 y 20, correspondientes a las Sociedades a las Sociedades "FILOMENA, S.A." y "BOGEYUCA, S.A.".
- Finalmente, en lo que se refiere al primer bloque en que se puede dividir el contenido de este trabajo, en el supuesto nº 7, correspondiente a la Sociedad ARCADIO, S.A.", se analizan las diferencias de tratamiento en ambas normativas en relación con los contratos de arrendamiento financiero, que se competa con el análisis de diversas cuestiones relacionadas con los mismos en los supuestos nº 13, correspondiente a la Sociedad "CACHUMAMBÉ, S.A.", nº 16, correspondiente a la Sociedad "LAQUETEPA, S.A.", nº 21, correspondiente a la Sociedad "SMITY & HUESO, S.A.", nº 23, correspondiente a la Sociedad "MOJONQUESE, S.A." y nº 27, correspondiente a la Sociedad "DOÑA JESUSITA, S.A., este último dedicado al análisis del tratamiento fiscal de dichos contratos.
Otros supuestos se dedican al estudio de determinadas cuestiones, que en el trabajo original que ha dado lugar a éste se resolvían de acuerdo con la regulación vigente en ese momento, con el tratamiento señalado al efecto por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas tanto en resoluciones como en contestaciones a consultas realizada a dicho organismo. Entre ellos pueden citarse los supuestos correspondientes a las Sociedades "CANDELARIA, S.A." y "EL GERENTE, S.A.", "FILOMENA, S.A.", "LAS COSAS DEL SIGLO XX, S.A.", CARAIJA, S.A.", etcétera.
Por otra parte, en determinados ejercicios se abordan cuestiones específicas.
- Se ha optado por mantener el supuesto nº 12, correspondiente a la Sociedad "FRANFURA" dedicado exclusivamente al análisis de la Resolución del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas de 20 de diciembre de 1996 que establece los criterios generales para determinar el concepto de patrimonio contable a efectos de los supuestos de reducción de capital y disolución de sociedades regulados en la legislación mercantil, si bien se encuentra falto de contenido de acuerdo con la nueva normativa contable.
La inclusión de dicho supuesto se debe a la posibilidad de analizar distintas cuestiones no abordadas específicamente en otros ejercicios en relación con el tratamiento en la nueva normativa contable de los gastos de establecimiento, los ingresos a distribuir en varios ejercicios, las provisiones para riesgos y gastos, etcétera.
- El supuesto nº 17, correspondiente a la Sociedad "CANALERA", como se ha señalado anteriormente, se dedica íntegramente al análisis del tratamiento de determinadas operaciones de empresas inmobiliarias y constructoras.
Por otra parte cabe señalar otro conjunto de supuestos dedicados a remas específicos:
Así los correspondientes a las sociedades nº 25, correspondiente a la Sociedad "JOSE ANGULO, S.A.", nº 26, correspondiente a la Sociedad "COMPADRE MARCIANO" y nº 27, correspondiente a la Sociedad "DOÑA JESUSITA" abordan el registro contable del Impuesto sobre Sociedades a lo largo de distintos ejercicios económicos.
Por otra parte, los últimos ejercicios se dedican al análisis de fusiones de sociedades anónimas.
En el primero de ellos se analiza pormenorizadamente el tratamiento de dichas operaciones de acuerdo con la Norma de registro y valoración 19ª del Plan General de Contabilidad "Combinaciones de negocios", en la nueva normativa, y el Borrador de Normas de contabilidad aplicables a las fusiones y escisiones de sociedades del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, no obstante su falta de aprobación lo que supone que el mismo únicamente expresa la opinión del citado organismo, en antigua normativa.
Dichos supuestos se resuelven, en lo que se refiere a su aspecto formal, de acuerdo con el esquema señalado en el citado Borrador del ICAC.