En esta monografía se ponen de manifiesto y comentan las novedades de la Ley 49/2002, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo. Pueden destacarse:
- Cierta simplificación en la aplicación del régimen fiscal especial. Basta el cumplimiento de los requisitos y la comunicación de la opción.
- La concesión ex lege (artículo 7) de la exención de tributación de determinadas explotaciones económicas. Desaparece el sistema rogado de exención de tributación de explotaciones económicas y se sustituye por el de una lista de actividades, principales y sus auxiliares o complementarias, que quedan exentas (siempre y cuando sean desarrolladas en cumplimiento de los fines de interés general).
- La admisión para desarrollar explotaciones económicas ajenas al objeto o finalidad estatutaria, siempre que no excedan del 40% de los ingresos y no vulneren la competencia (artículo 3.3º).
- La liberalización de la adquisición de participaciones mayoritarias en sociedades mercantiles.
- La declaración de exentas, entre otras, de las rentas procedentes del patrimonio mobiliario e inmobiliario, así como de las adquisiciones o de las transmisiones de bienes o derechos.
- La opción por la aplicación del régimen especial produce efectos no solo en el Impuesto sobre Sociedades sino también en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y en los tributos locales establecidos en la norma.
- La ampliación de los incentivos aplicables a la participación privada en actividades de interés general, o mecenazgo, realizado por particulares. Se aumentan las deducciones, por donativos y aportaciones, en la cuota de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre Sociedades.
- La incorporación de los programas de apoyo a acontecimientos de excepcional interés público, junto a los convenios de colaboración empresarial y a los gastos en actividades de interés general
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