Ticket BAI es un instrumento de control de sistemas de facturación y cobro que trata de evitar el fraude fiscal.
Será obligatorio en los Territorios Forales a partir del 1 de enero de 2022. por lo que en los años 2020 y 2021 deberán realizarse las tareas de adaptación para aquellos casos en los que sea exigible a la actividad. Estos son los nuevos plazos de implantación de TicketBAI que se ha retrasado un año como consecuencia de la crisis derivada del Covid.
La aplicación del sistema TicketBAI será generalizada a todos los contribuyentes que desarrollen actividades económicas, sean personas físicas o jurídicas que desarrollen actividades económicas y estén sujetas a la competencia normativa de las Haciendas Forales, de acuerdo con lo previsto en el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Los distintos programas de facturación se deberán adaptar para que se genere un fichero XML, con toda la información tributaria necesaria para el control de la actividad, que se firmará electrónicamente. Una vez generado el fichero se enviará a cada Hacienda en los diferentes plazos previstos por la normativa. En la factura el cliente podrá ver que se está utilizando TBAI ya que aparecerá un código identificativo y un código QR, con la información necesaria para que los ciudadanos puedan comprobar que la factura está bien emitida.
En TicketBAI se produce un encadenamiento de las facturas, que se firman electrónicamente, lo que impide la manipulación o borrado de las mismas. Ello va a asegurar la autenticidad, integridad, trazabilidad e inviolabilidad de los registros informáticos, en definitiva, que no se puedan manipular o borrar las facturas una vez emitidas.
La implantación puede implicar algún coste para los contribuyentes que puede variar dependiendo de la situación previa del dispositivo tecnológico del contribuyente.
Las primeras estimaciones señalan que el coste será más bajo para quienes solo necesiten una adaptación a su programa de facturación. Para quienes a esta fecha no dispongan de un equipo informático y tan solo dispongan de cajas registradoras que no puedan ser susceptibles de adaptación, el coste será mayor, y deberán elegir en el mercado la solución que se adapte a las necesidades de su negocio.
Para ayudar en la implantación, a partir de 2020, en la normativa se van a contemplar beneficios fiscales, en forma de deducciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el Impuesto sobre Sociedades, que incentivan las inversiones que se deban realizar.
CAPÍTULO 1. TICKETBAI: PRINCIPIOS GENERALES, AMBITO DE APLICACIÓN Y ENTRADA EN VIGOR
CAPÍTULO 2. ANTECEDENTES TICKETBAI
CAPÍTULO 3. TICKETBAI: FRAUDE FISCAL Y TECNOLOGÍA
CAPÍTULO 4. CARACTERISTICAS DE TICKETBAI. GENERACION FACTURAS. CODIGO QR
CAPÍTULO 5. TICKETBAI: REQUISITOS TÉCNICOS
CAPÍTULO 6. REGISTRO DE SOFTWARE GARANTE TICKETBAI.
CAPÍTULO 7. TICKETBAI: DEDUCCIONES Y SANCIONES
CAPÍTULO 8. BATUZ: TICKETBAI, LIBROS REGISTROS Y CONFECCION DE BORRADORES EN BIZKAIA
CAPÍTULO 9. LA FACTURAS EN GENERAL
CAPÍTULO 10. OBLIGACIÓN DE EXPEDIR FACTURAS.
CAPÍTULO 11. FACTURAS COMPLETAS
CAPÍTULO 12. FACTURAS SIMPLIFICADAS
CAPÍTULO 13. REQUISITOS COMPLEMENTARIOS DE LAS FACTURAS
CAPÍTULO 14. EXPEDICION Y REMISION DE LAS FACTURAS.
CAPÍTULO 15. FACTURAS RECTIFICATIVAS
CAPÍTULO 16. FACTURAS EN EL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO
CAPÍTULO 17. FACTURACIÓN EN REGÍMENES ESPECIALES DE IVA
CAPÍTULO 18. OBLIGACIÓN DE CONSERVACIÓN DE LAS FACTURAS
CAPÍTULO 19. SUPUESTOS ESPECIALES DE LAS FACTURAS (I)
CAPÍTULO 20. SUPUESTOS ESPECIALES DE FACTURACIÓN (II)
CAPÍTULO 21. SUMINISTRO INMEDIATO DE INFORMACILN (SII). TICKETBAI
CAPÍTULO 22. TICKETBAI: INFRACCIONES Y SANCIONES EN MATERIA DE FACTURACIÓN.
CAPÍTULO 23. RECURSOS Y RECLAMACIONES EN MATERIA DE FACTURACIÓN